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Abogados Modificación Sustancial de condiciones

La modificación sustancial de las condiciones de trabajo es el mecanismo que puede utilizar el empresario para cambiar las condiciones pactadas en un contrato de trabajo. La modificación sustancial se puede llevar a cabo de forma individual o colectiva.

Se consideran sustanciales los siguientes elementos del contrato de trabajo: Jornada, horario, sistema de turnos, remuneración, sistema de trabajo y funciones. El resto de condiciones del contrato de trabajo pueden ser modificadas por el empresario en el ejercicio de su ius variandi o poder discrecional de organización de los medios de producción inherente a la libertad de empresa.

La modificación sustancial de las condiciones de trabajo no puede ser arbitraria, y por tanto deben concurrir causas objetivas para que el empresario pueda llevarla a cabo. Estas causas han de estar relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa.

En los casos de modificaciones colectivas, se deberá abrir un periodo de consultas con los representantes de los trabajadores en el que las partes deberán negociar de buena fe en aras a la consecución de un acuerdo, en un procedimiento similar al Expediente de Regulación de Empleo utilizado en los casos de despido colectivo.

El trabajador afectado por una modificación sustancial de sus condiciones de trabajo puede impugnar judicialmente la medida adoptada por el empresario. En el caso de modificaciones colectivas sin acuerdo durante el periodo de consultas, los representantes de los trabajadores deberán seguir el proceso de conflicto colectivo.

Cuando la modificación es temporal y afecta exclusivamente a la jornada nos encontramos ante un ERTE (expediente de regulación temporal de empleo), que es el procedimiento por el cual se reduce o suspende la jornada de uno o varios trabajadores con el fin de superar una situación de crisis coyuntural de la empresa.

Red Laboris es el despacho de abogados laboralistas de Madrid expertos en modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

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